Abogado para vicios ocultos en inmuebles en Madrid
Defecto que no se ve hoy. Reclamación que sí cabe mañana.
Si compraste un piso o un local y han aparecido humedades, defectos estructurales, problemas de aislamiento o vicios constructivos que no eran detectables en la visita, hay reclamación. Te entregamos un informe jurídico previo con la viabilidad real, el plazo y la vía recomendada.
Compraste el inmueble y han aparecido los problemas
Compraste hace dos años y han salido humedades en la fachada que no eran visibles. La vivienda está mal aislada y la factura energética es inasumible. Aparecen grietas que apuntan a un defecto estructural. La instalación eléctrica o de fontanería estaba mal ejecutada. Hay condensaciones en pared exterior por puente térmico mal resuelto.
En vivienda y obra nueva concurren dos regímenes. El Código Civil regula los vicios ocultos en compraventa entre particulares (art. 1484). Y la Ley de Ordenación de la Edificación regula la responsabilidad de los agentes que intervienen en la construcción —promotora, constructora, proyectista, director de obra y director de ejecución— con plazos propios: 10 años defectos estructurales, 3 años habitabilidad y 1 año acabado. Aplicar bien una norma o la otra cambia el escenario.
El plazo para reclamar bajo LOE es de 2 años desde que se manifiesta el defecto, dentro del periodo de garantía.
Qué hacemos por ti como abogado de vicios ocultos en inmuebles en Madrid
Revisamos escritura, libro del edificio, certificado final de obra y comunicaciones con la comunidad y la promotora. Coordinamos pericial técnica con arquitectos y arquitectos técnicos independientes. Te entregamos un informe jurídico previo con la norma aplicable (CC o LOE), la viabilidad real y la vía recomendada.
- Estudio de escritura, libro del edificio, certificado final de obra y registros del defecto.
- Pericial técnica: arquitecto valora origen del defecto y responsabilidad del agente.
- Distinción CC / LOE y aplicación de plazos correspondientes.
- Requerimiento previo a promotora, constructora o vendedor, demanda en primera instancia cuando no hay acuerdo.
Sala de reuniones
Asuntos en los que trabajamos.
Vicios constructivos en obra nueva (LOE)
Defectos estructurales (10 años de garantía: cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga). Defectos de habitabilidad (3 años: humedades, aislamiento térmico y acústico, instalaciones, ventilación). Defectos de acabado (1 año). Reclamación contra promotora, constructora, proyectista, director de obra y director de ejecución según el origen del defecto.
Humedades, condensaciones y aislamiento
Defectos de habitabilidad bajo LOE cuando se manifiestan dentro del plazo de garantía de 3 años. Pericial técnica que identifica el origen (filtración por fachada, capilaridad, puente térmico, mala ejecución de impermeabilización).
Vicios ocultos en compraventa entre particulares (art. 1484 CC)
Defectos preexistentes, ocultos y de cierta entidad que reducen el valor o el uso del inmueble. Acción redhibitoria (resolución y devolución) o quanti minoris (rebaja de precio). Plazo de 6 meses desde la entrega.
Defectos estructurales
Grietas, asentamientos diferenciales, problemas en cimentación, fallos en estructura. Plazo LOE de 10 años. Pericial estructural y, cuando procede, pericial de geotecnia.
Defectos en instalaciones
Eléctrica, fontanería, climatización, calefacción, telecomunicaciones, protección contra incendios. Análisis de la responsabilidad del agente correspondiente.
Defectos en zonas comunes
Fachada, cubierta, garaje, instalaciones comunitarias. Reclamación coordinada con la comunidad de propietarios. Acuerdo en junta y representación procesal.
Defensa de promotoras, constructoras y técnicos
También llevamos el otro lado, especialmente cuando la reclamación es desproporcionada o el plazo está vencido.
Servicios relacionados
Si tu asunto encaja con uno de estos servicios concretos, te conviene revisar la página específica:
Por qué Trigo Buide para tu reclamación por vicios en inmueble
Pericial técnica desde el principio
Sin pericial bien construida no hay reclamación viable. Trabajamos con arquitectos independientes desde el primer estudio.
Distinción entre LOE y vicios ocultos del CC
Cada régimen tiene plazos y legitimación propios. Aplicar bien uno u otro cambia el resultado.
Honestidad sobre la viabilidad
Si el plazo está vencido o la pericial no acredita la preexistencia, te lo decimos antes de aceptar.
Conocemos la jurisprudencia más reciente de la Audiencia Provincial de Madrid en materia de LOE, vicios ocultos del CC y responsabilidad de los agentes de la edificación.
Preguntas frecuentes vicios inmueble
Compré el piso hace dos años y han aparecido humedades. ¿Llego a tiempo?
Si son humedades por defecto de habitabilidad bajo LOE, la garantía es de 3 años desde la recepción de la obra. Si son por defecto estructural, 10 años. El plazo para reclamar es de 2 años desde que se manifiesta el defecto, dentro del periodo de garantía. Probablemente sí, pero hay que actuar ya.
¿LOE o vicios ocultos del CC?
Depende. La LOE se aplica a edificaciones (vivienda, local, obra nueva) y vincula a los agentes de la edificación frente al propietario. El régimen de vicios ocultos del CC se aplica entre comprador y vendedor en compraventa, con plazos más cortos (6 meses) pero acciones distintas. En muchos asuntos cabe acumular ambas vías.
¿Contra quién reclamo bajo LOE?
Depende del defecto. Promotora responde solidariamente con los demás agentes. Constructora, por defectos de ejecución. Proyectista, por defectos de proyecto. Director de obra y director de ejecución, por defectos de dirección. La pericial identifica el origen.
¿Necesito pericial técnica sí o sí?
En la práctica sí. La pericial es la prueba que acredita la existencia del defecto, su origen y la responsabilidad del agente correspondiente. Sin pericial, la reclamación tiene poco recorrido.
¿Y si el defecto está en zonas comunes?
La reclamación la suele plantear la comunidad de propietarios, previo acuerdo en junta. Asesoramos a la comunidad y, si tu propio piso se ve afectado, planteamos la reclamación particular en paralelo.
Cuéntanos tu reclamación. Lo estudiamos.
Si han aparecido defectos en tu vivienda o local y dispones de la documentación de la operación, escríbenos. Te decimos en 24 horas si la reclamación tiene recorrido y cuál sería el siguiente paso.
Hablemos en privado
Te respondemos en menos de 24 horas laborables. La información que comparta queda sometida al deber de confidencialidad propio del ejercicio de la abogacía.
- DirecciónMadrid · Atención presencial con cita previa
- Teléfono+34 614 019 327
- Emailinfo@trigobuideabogados.es
- HorarioL–V · 09:00 — 19:00